Respuesta rápida
Paga quien tiene a su cargo la instalación que ha fallado. Si es una tubería de tu piso, respondes tú, porque la Ley de Propiedad Horizontal obliga a cada propietario a conservar sus instalaciones. Si es la bajante o el montante, responde la comunidad. En la práctica lo tramitan los seguros: los daños del vecino van por responsabilidad civil.
La regla de fondo: responde quien debía conservar lo que se rompió
El artículo 9.1.b de la Ley de Propiedad Horizontal obliga a cada propietario a mantener en buen estado su piso y sus instalaciones privativas. Debe hacerlo de forma que no perjudique a la comunidad ni a otros vecinos, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas de las que responda. Un latiguillo reventado bajo tu lavabo o una junta de tu ducha que filtra son, por tanto, asunto tuyo.
La otra cara está en el artículo 10.1.a: las obras necesarias para conservar las instalaciones comunes son obligatorias para la comunidad y no necesitan acuerdo previo de la junta. Si el agua procede de la bajante general, del montante del portal o de la cubierta, los daños se reclaman a la comunidad y a su seguro.
Fuera de ese marco queda la regla general del Código Civil: quien causa un daño por acción u omisión, interviniendo culpa o negligencia, debe repararlo (art. 1902). Si vives de alquiler, avisa cuanto antes al propietario, porque la póliza del continente suele estar a su nombre.
Tu tubería, la bajante o la del vecino: dónde suele estar la duda

El caso más discutido en edificios de pisos es el encuentro entre el desagüe de una vivienda y la bajante común. El ramal que recoge los aparatos de tu baño da servicio solo a tu casa; la bajante vertical, a todo el edificio. Cuando el agua aparece justo en ese punto, nadie puede decir quién paga hasta que la fuga está localizada.
Otros escenarios frecuentes:
- Mancha en el techo bajo la ducha que solo sale al ducharse: suele ser el desagüe, la válvula del plato o el sellado perimetral, no la tubería de agua a presión.
- Mancha que crece aunque nadie use el baño de arriba: apunta a una tubería de suministro, que pierde a todas horas.
- Humedad en el techo del último piso los días de lluvia: cubierta, canalón o bajante pluvial, casi siempre elementos comunes.
- Agua que baja pegada al patinillo de instalaciones: bajante o montante; conviene avisar al administrador desde el principio.
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Qué cubre el seguro de hogar cuando hay una fuga
Cada póliza tiene su condicionado, así que la respuesta exacta está en el tuyo. Lo que sí conviene saber es que el daño se reparte en coberturas distintas, y cada una tiene sus límites:
- Daños por agua en tu vivienda: lo que se ha estropeado en tu propio piso, separado a menudo entre continente (suelos, paredes, techos) y contenido (muebles y enseres).
- Localización y reparación de la avería: el trabajo de encontrar la fuga y arreglar la tubería. Hay pólizas que lo incluyen con un tope y otras que solo pagan los daños, no la pieza.
- Responsabilidad civil: los daños que causas a terceros, como el techo, la pintura o los muebles del vecino de abajo.
Lee también las exclusiones. Busca expresiones como falta de mantenimiento, desgaste, filtraciones lentas o humedades de origen anterior a la póliza. Si la comunidad tiene seguro, pregunta al administrador qué cubre para bajantes y montantes.
Cómo dar el parte sin perder derechos

Comunica el siniestro a tu aseguradora en cuanto lo conozcas. La Ley de Contrato de Seguro fija un máximo de siete días salvo que la póliza conceda más, y la aseguradora puede reclamar daños si no avisas a tiempo (art. 16). El vecino afectado debe avisar también a la suya; es habitual que ambas compañías se pongan en contacto entre sí.
Mientras tanto, frena el daño: la misma ley te obliga a emplear los medios a tu alcance para aminorar las consecuencias (art. 17). Los gastos razonables de ese salvamento corren a cargo del asegurador hasta el límite pactado, aunque no hayan dado resultado. Cerrar la llave, retirar muebles o llamar a un fontanero urgente entra en esa lógica.
Pregunta a tu compañía si puedes reparar antes de que pase el perito o si prefieren enviar su propio profesional. En cualquier caso, no tires las piezas ni tapes la avería sin haberla fotografiado.
Qué documentar para que el parte no se atasque
Un parte bien documentado se resuelve antes y con menos discusiones entre compañías. Reúne esto el mismo día:
- Fotos del techo o la pared del vecino, con una referencia de tamaño y la fecha.
- Fotos del punto de la avería en tu vivienda, antes y después de abrir.
- La factura del fontanero con la causa concreta, por ejemplo «rotura de latiguillo del lavabo» o «junta de manguetón deteriorada».
- La pieza sustituida, guardada en una bolsa.
- Mensajes o correos con el vecino y el administrador, mejor por escrito que de palabra.
Si la avería resulta ser común, pide al administrador que abra el parte en el seguro de la comunidad y adjunta tus fotos.
Localizar la fuga es lo que decide quién paga
Mientras no se sepa dónde está la pérdida, cada seguro puede señalar al otro y el expediente se para. La localización se hace de menos a más invasivo. Primero se cierran llaves y se observa el contador para separar suministro de desagüe. Después se prueban los desagües por separado con agua y, si hace falta, se usan cámara térmica, geófono o prueba de presión con manómetro.
La Ley de Propiedad Horizontal obliga a consentir en tu vivienda las reparaciones que exija el servicio del inmueble y a permitir la entrada para hacerlas (art. 9.1.c y d). Si la comunidad tiene que abrir tu baño por la bajante, tienes derecho a que te resarza los daños que te cause. Las señales para sospechar de una pérdida oculta están en cómo detectar fugas de agua en casa.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga si la fuga viene de la bajante comunitaria?
La comunidad de propietarios. La bajante es una instalación común y su conservación es obligatoria para la comunidad según el artículo 10.1.a de la Ley de Propiedad Horizontal. Avisa al administrador, que abrirá el parte en el seguro del edificio, y guarda tus fotos: tus daños pueden tramitarse por ese seguro o por el tuyo, según lo que prevea tu póliza.
¿Y si no tengo seguro de hogar y la fuga es mía?
Respondes igualmente de los daños al vecino si la avería está en tu instalación privativa, porque la Ley de Propiedad Horizontal obliga a resarcir los daños causados por descuido en su conservación. Pide al vecino un presupuesto de reparación y aporta la factura del fontanero que localizó la avería. Llegar a un acuerdo por escrito evita problemas posteriores.
¿Cuánto tiempo tengo para dar parte al seguro de una fuga?
Siete días desde que conoces el siniestro, salvo que tu póliza establezca un plazo mayor, según el artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro. Si te retrasas, la aseguradora puede reclamarte los perjuicios que cause la falta de aviso, aunque no pierde automáticamente la cobertura. Lo sensato es llamar el mismo día y pedir un número de expediente.
¿Puedo reparar la tubería antes de que venga el perito?
Parar el agua y hacer una reparación urgente para que el daño no crezca es lo que la ley te pide. Antes de tapar, fotografía la avería, guarda la pieza y pide al fontanero una factura que describa la causa. Si la reparación definitiva exige abrir mucho, consulta con tu aseguradora si quiere verlo primero.








